¿Son lícitos los linchamientos?
- L.D y M.D. Isaac Luna Hernández
- 26 may 2016
- 2 Min. de lectura

El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su primer párrafo dispone textualmente que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
El pasado 25 de mayo, habitantes de la población de Santiago Atlatongo lincharon a tres personas a quienes consideraron como secuestradores, en un evidente mensaje a los tres órdenes de gobierno de que no existe confianza en las instituciones.
Más allá del tema de Derechos Humanos de estas personas, que no hay discusión, los tienen, pues de lo contrario se abriría un estado de excepción como ocurre en Venezuela, en donde cualquiera podría matar a quien le parezca contrario a sus intereses, lo medular está en reflexionar lo que parece ser ya una constante en estos casos, la justicia por propia mano.
En tanto el Gobierno Federal y el Estatal echan campanas al vuelo por sus “grandes” avances en materia de seguridad pública, los cuales se advierten desmentidos todos los días en la vida diaria, en la Ciudad de México, en la que hay una evidente censura de los actos criminales, y en Estados como Guerrero, particularmente Acapulco y Chilapa, no se perciben esos “avances”.
El nuevo sistema de justicia penal se ve lento en su implementación, y más lento aún en tener impactos evidentes de sus bondades.
El mensaje de la ciudadanía es claro, y no hay que olvidar que el artículo 39 de nuestra Carta Magna también dispone que la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo, que todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste, pero sobre todo, que el pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.